POLÍTICA | Alberto Fernández | coronavirus | cuarentena

¿Qué diferencia al aislamiento y el distanciamiento social?

Qué cambia en los lugares donde no hay transmisión comunitaria del coronavirus luego del anuncio del presidente Alberto Fernández.

En una nueva conferencia de prensa brindada por Alberto Fernández, el presidente anunció la extensión del Aislamiento Social Obligatorio en los territorios donde hay transmisión comunitaria del coronavirus. Según los datos dados a conocer abarca al 15% del territorio nacional. los lugares más afectados y que continuarán con el aislamiento como hasta ahora son el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), el Gran Chaco, el Gran Córdoba y Trelew. Para el otro 85% restante, a partir del lunes comienza a regir la etapa de "distanciamiento social Preventivo y Obligatorio".

A continuación te contamos los detalles de lo que implica y en qué se diferencian cada una de estas etapas tras el anuncio de Alberto Fernández.

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio establece los siguientes puntos:

- Que cada persona debe quedarse en su domicilio.

- Que sólo puede salir para hacer compras básicas, para realizar trabajos exceptuados o tareas especialmente autorizadas.

AMBA, todo Chaco menos el departamento de San Fernando, Gran Córdoba, las ciudades de Río Negro y Trelew siguen en esta etapa.

En tanto, el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio comenzará a regir en en lugares con sistema de salud adecuado para atender la demanda sanitaria, que no tengan transmisión comunitaria del coronavirus, e implica:

- Que las personas pueden circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden siempre dos metros de distancia con otra persona.

- Todas las actividades que reabren deben reorganizarse para garantizar esta norma.

- Es obligatorio el uso del tapabocas.

- Higiene de manos y respiratoria

- Ventilación de ambientes y desinfección de superficies

- En lugares cerrados no se pueden reunirse más de 10 personas, cumpliendo el distanciamiento, y nunca superando la ocupación del 50 % de la capacidad del lugar.

¿Qué está prohibido?

1. Eventos en espacios públicos o privados de cualquier tipo con más de 10 personas.

2. Cines, teatros, clubes, centros culturales.

3. Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos de trabajadores y trabajadoras esenciales

4. Actividad turística.

Por último, en cuanto a las clases presenciales, el Ministerio de Educación con asesoramiento del Consejo de Rectores y de expertas y expertos evaluará los protocolos necesarios para que en el futuro puedan evaluarse retornos progresivos en ciertas áreas geográficas específicas. Mientras tanto, continúan suspendidas las clases presenciales.



Dejá tu comentario