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El Banco Central frena el "dólar bucle": limita las operaciones de contado con liquidación

El organismo dispuso que los inversores deberán retener por cinco días los bonos que permitían obtener una diferencia de hasta 7% en la divisa extranjera.

El Banco Central (BCRA) dispuso restricciones a las personas físicas referidas a la compra y venta de títulos públicos referidas a las liquidaciones en el exterior. La comunicación A-6799 busca desalentar la operatoria off-shore conocida como "bucle".

La normativa dispone estable "que cuando las personas humanas adquieran títulos valores mediante liquidación en moneda extranjera, los mismos deberán permanecer en la cartera del comprador por un periodo no menor a 5 días hábiles a contar desde la fecha de liquidación de la operación, antes de ser vendidos o transferidos a otras entidades depositarias".

Sin embargo, "este plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando la venta de los títulos valores sea contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra".

También obliga a "establecer que las personas humanas que transfieran divisas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas bancarias propias en el exterior deben presentar una declaración jurada de que no han efectuado venta de títulos valores con liquidación local en moneda extranjera en los últimos 5 días hábiles".

Sin embargo, el BCRA reglamentó que "la transferencia de divisas de las personas humanas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas bancarias propias en el exterior se puede efectuar sin restricciones".

Finalmente, el BCRA estableció que "el acceso de las personas humanas residentes al mercado de cambio para transferir divisas al exterior, dentro de los límites mensuales establecidos en el punto 6 de la comunicación "A" 6770 para los conceptos comprendidos en la constitución de activos externos, debe tener como destino cuentas bancarias de su titularidad en el exterior".  



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