SOCIEDAD | ganancias | impuesto a las ganancias

Declararon inconstitucional que le descuenten Ganancias a un jubilado

Así lo determinó un fallo de segunda instancia a raíz de la demanda planteada por Leonardo Calderale y se aplica de manera retroactiva y para lo que cobre desde ahora.

Declararon inconstitucional que le descuenten Ganancias a un jubilado
Declararon inconstitucional que le descuenten Ganancias a un jubilado

El fallo judicial de segunda instancia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional que los haberes de un jubilado estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Así lo determinaron Luis René Herrero y Nora Dorado en la causa iniciada por el Leonardo Calderale y se aplica tanto para los retroactivos como para lo que cobre desde ahora. En su voto, Herrero detalló que Calderale ya pagó mientras trabajó, en caso de haber superado el salario mínimo alcanzado: "Podría inferirse que el aporte en concepto de Impuesto a las Ganancias que grava a los jubilados sería percibido por el Estado en dos oportunidades con respecto a la misma persona". Luego agrega que "resultaría a todas luces contradictorio reconocer que los beneficios previsionales están protegidos por la garantía de integridad, proporcionalidad y sustitutividad que consagra la Ley Suprema y a su vez tipificarlos como una renta, enriquecimiento, rendimiento o ganancia gravada por el propio Estado, que es el máximo responsable de velar por la vigencia y efectividad de estos principios constitucionales". La ley que a fines de 2016 reformó el esquema del impuesto mantuvo el descuento sobre los haberes previsionales, pero elevó la base hasta los haberes que superen el equivalente a seis mínimos, que hoy es de 38.364 pesos.

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