El Gobierno creó el Registro Único de beneficiarixs especiales del Régimen de Zona Fría, en el que se incorporará a las usuarixs comprendidxs en el artículo 4 de la ley, que reduce en un 50% la tarifa del gas.
Este martes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 486/2021 que oficializa la creación del registro y en el que también se designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación de la Ley 27.637, que propone una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas.
El artículo 4 de la ley de Zona Fría, incorporó una reducción del 50% a los beneficiarixs de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados (hasta cuatro salarios mínimos), del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.
Y también alcanza a los electrodependientes, a los exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Lxs usuarixs que no hayan sido incluidxs en el Registro y que consideren estar incluidos en alguno de los criterios de elegibilidad que figuran en la ley, pueden solicitar su incorporación para gozar del beneficio a través del "Modelo de Gestión Unificada - Ventanilla Única Social" de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).