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Otra vez aumenta la harina

Lo dispuso la Secretaría de Comercio en el marco del programa Precios Justos, con lo cual, el tope del incremento será del 4%.

La Secretaría de Comercio determinó un aumento del 4% en los precios de referencia sin impuestos de la harina a la salida del molino para este mes, en el marco del Fondo Estabilizador del Trigo Argentino, a través de la Resolución 130/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial.

El aumento autorizado del 4% a la harina, realizado en el marco del Fondo Estabilizador del Trigo Argentino, se sitúa en el mismo rango de aumentos autorizados por el programa Precios Justos.

El acuerdo fija una pauta de aumento mensual del 4% mensual entre noviembre y fines de febrero para el resto de los productos de las más de 100 empresas participantes.

Ese tope del 4%, que busca anclar las expectativas de inflación, también rige para los combustibles y el biodiésel.

En el caso de la harina, ya se fijó la semana pasada un incremento del 4% correspondiente al pasado mes de noviembre.

En este marco, Comercio subrayó que "el Estado Nacional viene adoptando una serie de políticas públicas que buscan estabilizar los precios de los productos a favor del consumidor, como el programa Precios Justos".

 

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La bolsa de 25 kilogramos de harina 000 pasa a valer $ 1.592 y la de harina 0000, $ 1.911 mientras que el insumo para tapera y semolín se fijó en $2.070.

En el caso de la tonelada, se estableció en $ 62.486 para la harina 000 y en $ 75.006 para la 0000; y para tapera y semolín $ 81.247.

Los precios son sin impuestos, a la salida del molino, sin costos de entrega, y a ellos se les debe incorporar en concepto de costos logísticos por región, 3,5% para ciudad y provincia de Buenos Aires; 5,5% para Centro, Cuyo y Litoral; 7% para NEA y NOA; y 8% para Patagonia.

El Fondo Estabilizador del Trigo Argentino se dispuso mediante el Decreto 132/2022 de marzo de este año, "debido el aumento sostenido del precio de los alimentos" que "impactó fuertemente en el trigo, el maíz, el girasol y sus derivados a partir del inicio del conflicto bélico entre la Federación de Rusia y Ucrania".

La resolución también explicó que la actualización de los precios del Fondo será determinada mensualmente por Comercio, considerando varios parámetros de modo referencial.

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Al respecto, se toma en cuenta el 40% de la variación mensual del Valor FAS Teórico promedio en pesos de la tonelada de trigo publicado por la Secretaría de Agricultura; el 30% de la del Índice de Precios Mayoristas (IPIM) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec); y el 30% de la del Índice de Salarios.

Además, la normativa precisó que el mínimo de ajuste mensual es del 1%, aunque la fórmula arroje un valor inferior.



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