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El Gobierno estableció las nuevas fechas para inscribirse al Repro II

La inscripción al programa será del 25 de junio al 1 de julio para los salarios devengados durante este mes.

<p>Llega un alivio para los comercios gastronómicos y otros sectores que pedían reaperturas</p> (Télam)
Llega un alivio para los comercios gastronómicos y otros sectores que pedían reaperturas (Télam)

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante este mes, que estará comprendido entre el 25 de junio y el 1 de julio próximos.

Lo hizo a través de la Resolución 344/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, que fijó para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos el mismo plazo de inscripción que para el Repro II.

Además, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.

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Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán mayo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será mayo último.

En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina será hasta el 23 de junio (hoy); y el de CBU, hasta el 22 de junio último (ayer).



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