Reclaman que CABA se adhiera a la Ley Nacional de Cupo Laboral Travesti-Trans
El Frente por la adhesión de CABA a la Ley Nacional de Cupo Laboral Travesti-Trans convocó a manifestarse frente a la Legislatura porteña el día de la apertura de sesiones ordinarias. ¿Cuál es la situación actual de la ley? Chequealo acá.
A más de un año y medio de la aprobación de la Ley Nacional de Cupo Laboral travesti-trans 27.636, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aún no ha adherido formalmente a ella, así como tampoco la mayoría de los municipios de las provincias a lo largo del país. Para este miércoles 1° de marzo, en el marco de la apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura Porteña, les integrantes del Frente por la adhesión de CABA a la Ley Nacional de Cupo Laboral travesti-trans convocan a la ciudadanía a manifestarse junto a elles.
El Frente se reunirá a las 7 frente a la Legislatura Porteña, en la apertura de sesiones ordinarias de la misma, en reclamo por la adhesión de la Ciudad a la Ley 27.636, de Cupo Laboral Trans y Travesti.
El comunicado que lanzó la agrupación argumenta: "Si bien la Ciudad cuenta con un protocolo para la incorporación de las personas trans y travestis, la no adhesión a la Ley implica que cualquier decisión política podría cambiar dicho rumbo, dejando a las personas incorporadas por ese medio en situación precaria y sin ningún tipo de garantías respecto de su estabilidad laboral".
"Por tal motivo, se convoca a toda la ciudadanía, ante el acto de apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura porteña, a reclamar el tratamiento de los proyectos existentes al respecto y, en definitiva, la adhesión formal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Ley 27.636 De Promoción Del Acceso Al Empleo Formal Para Personas Travestis, Transexuales Y Transgénero “Diana Sacayán - Lohana Berkins”, promulgada en el año 2021 a la que la Ciudad aun no manifestó su adhesión, poniendo así en riesgo la estabilidad laboral de las escasas personas de dicho colectivo que han podido acceder a algún puesto bajo el protocolo antes mencionado".
Diana Sacayán, travesti y sudaca: ¿Cómo la recuerda su hermano Say?
SOMOS UNA COOPERATIVA
NOS AUTOGESTIONAMOS
VOS NOS FINANCIÁS
¿CÓMO?
Según la ley simple, la ley 27.636 establece que todos los organismos del Estado nacional deben ocupar en una proporción no inferior al 1% de su planta de personal a personas travestis, transexuales y transgénero. La norma aplica a todas las personas hayan o no efectuado la rectificación registral del género y el cambio de nombre de pila e imagen.
Además, lo más importante: no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos. Esto significa que si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no tienen la educación secundaria completa, podrán ingresar a trabajar con la condición de cursar y finalizar el nivel educativo faltante. "La Unidad de Coordinación Interministerial deberá garantizar la formación educativa obligatoria y la capacitación de las personas travestis, transexuales y transgénero para adecuar su situación a los requisitos formales para el puesto de trabajo".
CABA: paro en hospitales y centros de salud por 24 horas
El cupo en la actualidad, a nivel nacional
Según El Auditor.info, solo se incorporaron 574 trabajadores desde su sanción.
Se sabe que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) reveló a través de la dotación de personal de la administración pública nacional, empresas y sociedades, que el Estado cuenta con 339.949 trabajadores —dato registrado en octubre del 2022—.
Entonces, si el 1% de 339.949 equivale a un total de 3.399, es decir, que si la Ley cumpliera con el cupo, en este momento deberían estar empleadas, como mínimo, 3.399 personas travestis, transexual y transgénero. Casi 600 personas claramente no representan el 1% estipulado.
¿QUERÉS ACOMPAÑAR A INFONEWS?