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Los cuatro artículos que el oficialismo metió por la ventana antes de votar

Esta maniobra sumó una nueva irregularidad al tratamiento de la Ley Ómnibus. La modificación más grave es la que habilita a eliminar el FGS de Anses.

El trámite que tuvo la Ley Ómnibus de Milei en la Cámara de Diputados de la Nación fue de lo más antirreglamentario que se vio en 40 años de democracia. El último capítulo de esta saga de irregularidades fue la inclusión cinco minutos antes de votar de cuatro artículos que supuestamente habían sido suprimidos o habían sufrido modificaciones.

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De este modo, cuando el el titular de la Comisión de Legislación General, Gabriel Bornoroni (diputado de La Libertad Avanza), enunció los artículos que habían cambiado o caído respecto del dictamen de mayoría que llegó al recinto, no incluyó cuatro de ellos que sí se habían mencionado en la sesión del miércoles. 

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De este modo, si no vuelven a agregarse antes de las sesiones de la semana próxima, obtendrían la media sanción y pasarían al Senado tal cual como están redactados. Quedaría por superar esa instancia, pero por ahora pasaron el filtro de lo que supuestamente ya se había dado de baja en la cámara baja.

Los artículos, algunos de los cuales comprometen la continuidad del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses, son los siguientes:

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Artículo 179: Contempla partidas discrecionales del Ejecutivo para Administración Nacional de la Seguridad Social e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, cuando en la legislación vigente (artículo 42 de la Ley N°27.541) estipula que sus fondos provienen de un impuesto que alcanza movimientos en divisas extranjeras. Además, se excluye por omisión el financiamiento del Fondo de Integración Socio Urbana, que puede representar un arma de negociación con gobernadores.

Artículo 189: "Consolídense en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional comprendido en el artículo 8° de la Ley No. 24.156, y el Fondo de Garantía de Sustentabilidad creado por el Decreto No. 897/2007".

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Artículo 196: Alcanza inversiones, prohibiciones, limitaciones del Fondo de Jubilaciones y Pensiones, hoy vigentes en la Ley N° 24.24. Se elimina el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, estipulado en el Ley N° 26.425, y sus respectivos fines detallados en Decreto 897/2007.

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Artículo 301: Penalidad a "organizadores de manifestaciones" (a quien convoque, coordine, provea materiales y registre presencias).

Algunos legisladores de Unión por la Patria pusieron de manifiesto esta maniobra y denunciaron el cambio respecto de lo acordaro previamente. La economista y diputada Julia Strada señaló: "Hoy, 5 minutos antes de votar, restituyeron el art 196, lo que significa que pueden administrar la cartera del Fondo de Garantía y Sustentabilidad sin ninguna pauta. O sea, se vuelve para atrás: pueden devolverle las acciones a sus dueños: Techint, Pampa Holding, Clarín, Galicia, Macro, Cresud, entre otras. ¿Milei? Mascota del poder".

En tanto, su compañero de bancada Itai Hagman manifestó que "a último momento de hoy -cuando ya no podíamos intervenir para denunciarlo- anunciaron que volvían dos artículos que anteayer dijeron que se suprimirían del dictamen: el 179, que desfinancia por completo el Fondo de Integración Socio Urbana; y el 196, que elimina el Fondo de Garantia de Sustentabilidad del ANSES, para saciar a Techint, Pampa y Grupo Clarín. Ese es el nivel de turbio y mamarracho de lo que estamos viviendo".

Una desprolijidad más en el marco de un proyecto que se aprobó sin saber en concreto cuál era el texto que se estaba sometiendo a votación. Negociaciones en departamentos de Recoleta y tironeos por fondos para las provincias, entre los aspectos más oscuros de un trámite que se destacó claramente por su poco apego al reglamento parlamentario.



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